INCURRE CORRAL EN NUEVOS DELITOS AL REVELAR NOMBRES DE TESTIGOS PROTEGIDOS
06.12.2022 09:47 am
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Chihuahua.- Al revelar públicamente los nombres de Testigos Protegidos de una indagatoria oficial, el Exgobernador Javier Corral Jurado incurrió en delitos cometidos contra la reserva obligada.
“Los testigos de identidad reservada que ahora se dicen víctimas de tortura psicológica, son los mismos que declararon en el juicio oral que se llevó acabo en contra de Alejandro Gutierrez Gutierrez, La Coneja. Se trata de Ever Eduardo Aguilar, José Jaime Bustamante Pérez, Jesus Olivas Arzate y Miguel Ángel Mezquitic Aguirre; todos ellos funcionarios de la Secretaría de Hacienda en la administración de César Duarte”, anotó el Extitular del Poder Ejecutivo en el Estado.
En su artículo llamado Rotafolio, así como en diversas entrevistas publicadas en distintos medios nacionales, Corral declaró que los Testigos Protegidos del expediente abierto contra Alejandro Gutiérrez, fueron los consignados líneas arriba.
El Exmandatario podría haber violentado el artículo 40 de la Ley Estatal de Protección a Testigos y el numeral 50 de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal.
El primer artículo señala textualmente: “Artículo 40. Violación de la Reserva. Con independencia de las responsabilidades civiles y administrativas que pudieren corresponder, toda persona que teniendo información con las medidas de protección acordadas a algunos de los intervinentes, testigos o sus allegados, la revelare, comprometiendo con ello la seguridad de la persona protegida, será sancionada con prisión de dos a cuatro años, en caso de tratarse de un funcionario público, la pena será aumentada en una tercera parte. Si con ocasión de la revelación de la información el intervinente, testigo o sus allegados, sufrieren un daño, o lesión en su integridad, libertad o bienes materiales, la pena será de cuatro a ocho años de prisión y se incrementará en una mitad si se produjere la muerte”.
Por otra parte, el segundo numeral citado, el de la ordenanza federal, artículo 49, cita que “Capítulo XVI. De los Delitos. A la persona que conozca información relacionada con la aplicación, ejecución, y personas relacionadas con el presente programa y divulgue la misma, sin contar con la autorización correspondiente, se le aplicará una pena de seis a doce años de prisión. En caso de que sea un servidor público el que revela la información, la pena se incrementará hasta en una tercera parte, esto con independencia de otros posibles delitos en que pueda incurrir”.
Corral podría haber incurrido en violación a las normas del tipo penal señaladas, en razón de haber revelado datos y nombres de Testigos Protegidos que aparecen en la investigación realizada contra Alejandro Gutiérrez y que mantuvo a este personaje en prisión.
Autor: Editor R
Fuente: https://laopcion.com.mx/
manuelgandaras@gmail.com