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VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONOMICA |
| 07.08.2010 11:26 am
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Anteayer miércoles fueron publicadas reformas a los artículos 300 bis y 300 ter del Código Civil del estado de Chihuahua. La novedad es que en ambos numerales se insertan las figuras jurídicas de Violencia Patrimonial y Violencia Económica, que no existían en nuestra ley.
Por Violencia Patrimonial debe entenderse, según la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en donde sí se incluye una definición legal del concepto, como cualquier acto u omisión del agresor que afecta la supervivencia de la víctima.
Se manifiesta en la transformación, sustracción, destrucción, limitación, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima.
Como Violencia Económica, a partir de las reformas publicadas, habrá que entender que es toda acción u omisión del agresor que tiene como propósito o resultado que la víctima perciba un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral.
En ambos casos, el sentido de incluir estas figuras en la legislación estatal, son encaminadas a señalar el derecho que tienen las mujeres y los miembros de la familia y de una unidad doméstica, a que se les respete y se les prohíba ejercer este tipo de violencia en su contra.
En los primeros meses del 2010 fueron registrados en la entidad más de 940 casos de violencia familiar, debidamente acreditados. En promedio, fueron más de 230 mensuales y 8 diarios. Esta cifra solo obedece a los registros pero sabemos que hay centenares de casos que permanecen en la oscuridad y el silencio de los hogares.
Por violencia familiar, el legislador supone que es cualquier acción u omisión que pueda causar la muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, patrimonial o económico, que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que la o el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que él o la agredida.
Ojalá y estas reformas contribuyan a reducir el índice de violencia que existe en los hogares. Ya de por sí, la de las calles mantiene aterrorizados a los ciudadanos como para que todavía en el santificado altar familiar sus miembros se sientan vulnerables.
Y lo digo desde aquí, porque éste es mi pódium. |
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